El Gobierno aprobó la apertura del Sistema Financiero boliviano a las Fintech con la promulgación del Decreto Reglamentario para la constitución y funcionamiento de Empresas de Tecnología Financiera (EFT), de acuerdo al ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro. La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero tiene 40 días para reglamentar la normativa.
El Gobierno Nacional aprobó ayer un decreto supremo que reglamenta la creación y funcionamiento de Empresas de Tecnología Financiera (ETF), más conocidas como Fintech, acrónimo de Financial Technology.
La norma permite que estas entidades, sean privadas, públicas o mixtas, ofrezcan servicios digitales en los ámbitos de servicios financieros, mercado de valores y seguros bajo la supervisión de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
“Con este decreto, Bolivia entra de lleno al ecosistema Fintech, de forma moderna y regulada”, dijo el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, en una conferencia de prensa ofrecida en la Casa Grande del Pueblo.
En Bolivia, existen más de 40 empresas que operan en el campo de la tecnología financiera particularmente en Santa Cruz, Cochabamba y La Paz, aunque hasta ahora lo hacían sin un marco legal claro. Con el decreto, todas estas actividades —desde plataformas de pago hasta servicios con activos digitales o blockchain— deberán estar reguladas, contar con autorización de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y cumplir normas de seguridad que garanticen confidencialidad, integridad y autenticación para proteger al usuario.
Las Fintech son empresas que prestan servicios financieros mediante herramientas digitales. A diferencia de la banca tradicional, operan con plataformas, aplicaciones móviles y sistemas automatizados que permiten realizar pagos, enviar remesas, otorgar créditos, invertir o gestionar dinero desde un celular, sin necesidad de una sucursal física. También pueden desarrollar billeteras digitales que permiten pagar con código QR, transferir dinero entre personas o comprar en comercios sin efectivo.
El decreto le da a la ASFI un plazo de 40 días hábiles para que emita la reglamentación específica. “Ahora (las empresas en operación) tendrán que adecuarse a la norma, y muchas más podrán ingresar a este nicho de mercado”, explicó el ministro.
Las ETF deberán tramitar su permiso de constitución y licencia de funcionamiento ante la ASFI, y, en algunos casos, ingresar a un entorno controlado de pruebas.
Por ahora, las ETF podrán desarrollar servicios en cinco grandes áreas: soluciones basadas en blockchain (activos tokenizados, activos virtuales y/o Proveedores de Servicios de Activos Virtuales), sistemas de pagos, plataformas de financiamiento, tecnologías para empresas e iniciativas futuras que defina la ASFI. Entre los servicios más inmediatos se esperan billeteras móviles, préstamos digitales, remesas internacionales y emisión de activos tokenizados.
Fuente: El Diario