Chile: Banco Central modifica norma sobre operación de tarjetas de pago

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Fuente: La tercera-Pulso

Al finalizar junio del 2017 el Banco Central perfeccionó y actualizó su marco de regulación sobre medios de pago minoristas, persiguiendo una mayor convergencia con el desarrollo de mercado.

En agosto de este año el Banco Central publicó para comentarios un conjunto de modificaciones a este capítulo del Compendio de Normas Financieras (CNF).

Finalmente ayer el ente emisor publicó las modificaciones, luego de recibir comentarios de la Asociación Chilena de Fintech, Capitaria, Caja Los Andes y Los Héroes, Comité del Retail Financiero, Mastercard, MercadoPago, Redbanc, Transbank y Visa.

Las principales tres modificaciones consisten en:

1) Flexibilizar los requisitos de las marcas internacionales de Tarjetas de Pago para permitir su asociación con operadores establecidos en el país.

2) Permitir una nueva modalidad de funcionamiento para los operadores de tarjetas de pago, en virtud de un contrato con otro operador.

3) Incorporar ajustes en las normas para Proveedores de Servicios de Procesamiento de Pagos (PSP) que realizan liquidaciones y/o pagos a entidades afiliadas, habiéndose asociado para este efecto a un emisor u operador.

El instituto emisor sostuvo que la flexibilización de los requisitos de las marcas de tarjetas de pago para permitir su asociación con operadores establecidos en el país, puede facilitar el ingreso de nuevas marcas al mercado nacional.

A su vez, la nueva modalidad de funcionamiento para los operadores constituirá una alternativa adicional a las existentes y que podría permitir el desarrollo de nuevos modelos de negocios, añadió.

Hasta ahora, los operadores de tarjetas de pago desarrollan sus actividades en virtud de un contrato con emisores de tarjetas, o bien con titulares de las marcas de tarjetas (este último caso corresponde a lo que se ha denominado como modelo de 4 partes).

La nueva opción permitirá que los operadores también puedan asociarse con otros operadores, para lo cual deberán convenir las condiciones de su relación comercial y definir con claridad cuál de las partes asume la responsabilidad de pago frente a los comercios afiliados.

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